PROLONGACION DE AUDIENCIA. DESISTIDO. Hoy, quince (15) de enero de 2009, siendo las once de la mañana (11:00 a.m.), día y hora fijada para que tenga lugar la prolongación de la Audiencia Preliminar en la presente causa FP11-L-2008-000622, se deja constancia que anunciado el acto por intermedio del Alguacil a las puertas del Juzgado, no comparecieron ninguna de las partes a la prolongación de la audiencia, ni por si ni por medio de cualesquiera de sus apoderados judiciales constituidos en autos, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado NOVENO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION, MEDIACION Y EJECUCION DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVAR en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO.