En virtud de las razones antes expuestas, este Juzgado Cuarto (4º) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Régimen Procesal del Trabajo, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda incoada por el ciudadano DANNY JOSÉ DÍAZ venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 17.041.592, en contra de la empresa "EQUIPOS PETROLEROS, C.A.". SEGUNDO: se condena al patrono a pagar a los demandantes la cantidad: CIENTO SESENTA Y CINCO MIL DOSCIENTOS SESENTA Y SIETE BOLÍVARES CON CUARENTA Y TRES CÉNTIMOS (Bs. 165.267,43), mas lo que resulte como consecuencia de la experticia complementaria del fallo, siendo ésta la cantidad que se condena a pagar a la empresa demandada por concepto de Prestaciones Sociales e Indemnizaciones.
No se condena en costas dada la naturaleza del fallo y de conformidad con lo previsto en el Artículo 59 de la Ley Orgán.....