Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Quinto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: PERIMIDA LA INSTANCIA EN EL PRESENTE JUICIO por RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE ANULACION, interpuesto por la empresa FUNDACION MISION CULTURA, creada mediante Decreto Nº 4.396, de fecha 27 de Marzo de 2006, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 38.406, y designado mediante Resolución Nº 079 de fecha 8 de Junio de 2010, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 39.442 de fecha 9 de Junio de 2010, contra el AUTO ADMINISTRATIVO Nº 2009-72, DICTADO EN FECHA 30 DE SEPTIEMBRE DE 2009, NOTIFICADO A LA RECURRENTE EL 23 DE OCTUBRE DE 2009. ASÍ EXPRESAMENTE SE DECIDE.
De conformidad con el artículo 86 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la.....