Se dicto decisión mediante la cual se fundamente la Medida de Protección y Seguridad y la Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad, dictada en el acto de audiencia de presentación de imputado, todo de conformidad con lo establecido en el articulo 93 y 87. 3º, 5º, 6º, 7º y 13º de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y artículo 242.3 del Código Orgánico Procesal Penal.