De acuerdo con los razonamientos anteriormente explanados este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Felipe, Independencia y Cocorote de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA:
PRIMERO: INADMISIBLE la presente demanda intentada por la ciudadana BETTY NACARY LÓPEZ DE AGUILAR, contra los ciudadanos CELSA JOSEFINA JIMENEZ ESCUDERO Y YERMI DE JESUS MALDONADO, por no reunir los requisitos formales de Ley.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza del fallo.