La Jueza procedió a la revisión y análisis de la presente solicitud, y decidió autorizar a la ciudadana MILENNY MONACO GOMEZ, venezolana , mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 15.482.745 , residenciada en el Sector Punta Brava, Av. 6, con esquina calle 19, casa nro 18-27, Municipio San Felipe, estado Yaracuy, en su condición de madre de la niña (IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES), a realizar los trámites pertinentes ante el Servicio Administrativo de Identificación y Extranjería (SAIME), para la EXPEDICION DEL PASAPORTE VENEZOLANO de su hija, de conformidad con el articulo 8 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, 8 de la Convención, en concordancia con el articulo 7 del Reglamento de Pasaporte y los artículos 23 y 56 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela. En consecuencia, por las razones antes expuestas, este Tribunal Prime.....