ACTA DE MEDIACION. en el dia de hoy 15-05-2008, a las 02:30 p.m, tuvo lugar la prolongaciòn de la audiencia preliminar donde este Juzgado, visto que la mediación ha sido positiva y por cuanto la transacción celebrada entre las partes no vulnera derechos irrenunciables de ENRIQUE JOSE HIGGINS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nº V- 3.778.630, y de este domicilio, ni normas de orden público, de conformidad con lo establecido en el artículo 89 numeral 2 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con el articulo 3 Parágrafo Único de la Ley Orgánica del Trabajo, artículos 10 y 11 de su Reglamento y articulo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, le imparte su aprobación y homologa la TRANSACCIÓN celebrada entre las partes, dándole el carácter de Cosa Juzgada, dàndose por concluido el proceso.-