este Tribunal actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO de propiedad a favor de la ciudadana VENEDICTA FLAVIA GONZALEZ DE MENDOZA, venezolana, casada, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-3.457.615, sobre unas bienhechurías construidas sobre un lote de terreno, propiedad del municipio Cocorote del Estado Yaracuy, que mide Trescientos Ocho Metros Cuadrados con Noventa centímetros (308.90 MTS²) aproximadamente, ubicado en la Avenida 7 entre calles 01 y calle 02 Barrio Caja de Agua Jurisdicción del Municipio Cocorote del Estado Yaracuy, quedando en todo caso a salvo los derechos de terceros