Se dictó sentencia declarándose CON LUGAR el RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE NULIDAD incoado por la sociedad mercantil CENTRAL SANTO TOMÉ II, C.A. contra la INSPECTORÍA DEL TRABAJO DE LA ZONA DEL HIERRO DEL ESTADO BOLÍVAR (actualmente Inspectoría del Trabajo "Alfredo Maneiro" de Puerto Ordaz, Estado Bolívar), en consecuencia NULA la providencia administrativa Nº 06-013 dictada el nueve (09) de marzo de 2006 por la Inspectoría del Trabajo de la Zona del Hierro del Estado Bolívar (actualmente Inspectoría del Trabajo "Alfredo Maneiro" de Puerto Ordaz, Estado Bolívar), mediante la cual le declaró infractora laboral y le impuso multa por la cantidad actual de ciento noventa y cuatro mil doscientos noventa y ocho bolívares con setenta y cinco céntimos (Bs. 194.298,75).