Por las razones de hecho y de derecho antes expuestas, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley,
DECLARA
PRIMERO: CON LUGAR la pretensión de PARTICIÓN DE BIEN INMUEBLE, incoada por la ciudadana SHIRLEY MIREYA DURAND CARRASCO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula No. V-639.311 contra la ciudadana YUBILAITH ENEIDA DURAN CARRASCO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-8.583.310.
SEGUNDO: Como consecuencia de la declaratoria con lugar anterior, se ordena la partición y liquidación de la comunidad habida entre las mencionadas ciudadanas del bien inmueble constituido por una parcela de terreno propio y la vivienda unifamiliar sobre ella construida que se encuentra ubicado en: Avenida Cedeño, con el antiguo callejón Piedra Grande, hoy calle principal de Piedra Gra.....