En fuerza de las consideraciones anteriores este Juzgado Superior Civil, Mercantil, y de Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la apelación de fecha 31-03-2016 ejercida por los abogados GLADYS GONZALEZ y JOSE GUILLERMO GUZMAN PEÑA con el carácter de apoderados judiciales del demandado JOSE DEL VALLE ALFONZO FUENTES, parte demandada en la presente causa, en contra de la decisión de fecha 04 de marzo de 2016, dictada por el Juzgado Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Caroní del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, con motivo de la incidencia surgida en el juicio de desalojo, incoado por la Sociedad Mercantil MULTI-SERVICIOS HERMANOS CORAJE, S.L.R, en contra del ciudadano JOSE DEL VALLE ALFONSO FUENTES, supra identificados, Todo ello de conformidad con las disposicione.....