Por las razones expuestas, este TRIBUNAL SUPERIOR CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO, BANCARIO, MARÍTIMO Y AERONAUTICO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLÍVAR, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Se declara SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto en fecha 21 de noviembre de 2017, que riela al folio 313, por el abogado JOSE DAVID RAMOS, en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana NUNZIATA DI GRACIA, parte actora en la presente causa.
SEGUNDO: Se declara SIN LUGAR la adhesión a la apelación ejercida por el abogado RICHARD SIERRA defensor judicial de la ciudadana MARIA DI GRAZIA en la presente causa.
TERCERO: Se declara INADMISIBLE la demanda interpuesta por la ciudadana NUNZIATA DI GRAZIA contra el ciudadano NICOLA DI GRACIA CLEMENTI, en consecuencia, queda CONFIRMADA la sentencia de fecha 29 de septiembre de 2017, dictada por el Tribunal de la causa.
CUARTO: S.....