DECISION
En consecuencia, por cuanto se evidencia que se encuentran cumplidos los extremos de Ley, este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA a los ciudadanos YENY MERY CAMACHO GARCIA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-20.177.714, YIMI JOSE CAMACHO GARCIA venezolano, mayor de edad y titular de la cedula de identidad Nº V-18.301.815 y el niño (IDENTIDAD OMITIDA, DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 65 DE LA LOPNNA),, venezolano, de 10 años de edad, nacido el día 11/04/2014 respectivamente, como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del Cujus JOSE VICTORIANO CAMACHO, quien en vida era venezolano, mayor de edad y titular de.....