En fundamento a lo anteriormente expuesto, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley y de conformidad con lo establecido en el artículo 265 del Código de Procedimiento Civil, IMPARTE su aprobación y homologación al DESISTIMIENTO del procedimientomás no de la acción en el presente juicio por COBRO DE BOLÍVARES (VÍA INTIMACIÓN), intentado por elciudadano FELIX ANTONIO MORABITO GOMEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-8.353.766, abogado en ejercicio, debidamente inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 27.486, en su carácter de beneficiario del ciudadano PEDRO LUIS YAÑEZ BOJETTE, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-4.911.606, contrael ciudadano FRANCISCO DANIEL GASCON SICMONIN, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-18.825.234,en el presente jui.....