Por las razones antes expuestas, este Tribunal Superior Segundo (2º) del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, extensión territorial Puerto Ordaz, Administrando Justicia, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA en toda y cada una de sus partes el DESISTIMIENTO del Recurso de Apelación ejercida por la Representación Judicial de la Demandada Recurrente en representación de la empresa FELGUERA PARQUES Y MINAS S.A, otorgándole Autoridad de Cosa Juzgada.
No hay condenatoria en Costas.-
Dada, dictada, sellada y firmada, en la Sala de Audiencias del Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, en Puerto Ordaz, a los quince (15) días del mes de Noviembre del año dos mil diez (2010), años 200° de la Independencia y 151° de la Federación.
Se ordena agregar al expediente C.D. de grabación del presente acto. Seguidamente, siendo las tres y veinte de la tarde (03:20 p.m.), se decl.....