Decisión
Por todos los razonamientos antes expuestos este TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO HERES DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVAR, Declara CON LUGAR, la rectificación solicitada por el Ciudadano OSMER FRANCISCO MARSIGLIA VILLEGAS, venezolano, mayor de edad, casado, titular de la Cédula de Identidad Nº V-4.078.848, civilmente hábil, debidamente asistido por el Abog. MIRLA BEGONIA PEREZ DE MARSIGLIA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad NºV-8.870.249, de este domicilio, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 164.426, correspondiente al Acta de fecha 12/07/1979, inserta en el Libro de Defunciones bajo el Nº 659, Folio Nº 261, Libro 2, Tomo D, del año 1979, llevado por la Primera Autoridad Civil del Municipio Heres del Estado Bolívar, perteneciente al Ciudadano JOSE ANGEL MARSIGLIA SAYAGO, en consecuencia rectifíquese el Acta arriba descrita de la manera siguiente: Que se coloque los se.....