Dicho esto, y siendo la oportunidad correspondiente para pronunciarse sobre la admisión del mismo, se deja expresa constancia que: La sentencia fue dictada el día 26/10/2023, antes del vencimiento del lapso para dictar sentencia fijado por auto de fecha 03/08/2023, estableciéndose mediante auto de 31/10/2023, que ambas partes se encuentran a derecho, en aplicación al criterio sostenido en la sentencia Nº 243, dictada por la Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia en fecha 09/07/2021, iniciándose al día siguiente de esa fecha, el lapso de diez (10) días de despacho para ejercer el recurso de casación, vale indicar, el 01/11/2023, venciéndose dicho lapso el día 14/11/2023, siendo interpuesto el recurso de casación en fecha 27/10/2023, es decir antes del lapso de Ley, pero ello no obsta para su admisión. En consecuencia a lo antes expuesto, este tribunal superior ADMITE el referido recurso, por cuanto ha lugar en derecho, de conformidad con lo establecido en el artículo 31.....