Se dictó decisión, mediante la cual se Niega, la solicitud de Revisión de la Medida, presentada por la Fiscalía Décima del Ministerio Público, de conformidad con lo establecido en el articulo 264 del Código Orgánico Procesal Penal, toda vez que no han variado, ni se han desvirtuado las circunstancias que dieron origen al decreto de la Medida Privativa Judicial Preventiva de Libertad, en la oportunidad de la audiencia de presentación.