De la Ejecución de la Sentencia, se evidencia que el penado: RAMIRO ANTONIO BRUNAL MARTINEZ, fue condenado, a cumplir la pena de DOS (02) AÑOS Y OCHO (08) MESES DE PRISIÓN, por ser autor responsable del delito de ACTOS LASCIVOS AGRAVADOS, previstos y sancionados en el artículo 45 primer aparte de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de la Mujer a Una Vida Libre de Violencia, asimismo consta en autos a los folios 161 al folio 164, Informe practicado por el Equipo Técnico del Centro de Evaluación y Diagnóstico, Región Sur Maturín Estado Monagas, mediante el cual entre otras consideraciones se señala:"...DIAGNOSTICO INTEGRAL: "La conducta penalizada esta asociada al bajo control de impulso libidinosos y de pulsaciones instintivas, inactividad en la toma de decisiones y poca previsión ante la situación de riesgo presente. Eventos aparentemente aislados de su trayectoria conductual, ... ".PRONÓSTICO: "El equipo técnico evaluador emite opinión con pronóstico FAVORABLE, (...) considerando los.....