En consecuencia, este TRIBUNAL SEGUNDO (2DO) DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLÍVAR, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, en vista que la mediación ha sido positiva y por cuanto no se vulneran derechos irrenunciables del ciudadano: JOSE LUIS GARBAN, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 4.933.598, de este domicilio, ni normas de orden público, de conformidad con lo establecido en el el Ordinal 2 del Artículo 89 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, artículo 19 de la la Ley Orgánica del Trabajo, de los Trabajadores y Trabajadoras, artículo 1713 del Código Civil y articulo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, le imparte su aprobación y homologa la TRANSACCIÓN celebrada entre las partes, en los términos y condiciones expuestos, .....