´En mérito de las consideraciones anteriores, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, constituido con asociados, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido por el Abg. Mauro Moises Carvajal, en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana ANTONIETTA ELIZABETH GRANDA ROMERO, contra la sentencia dictada en fecha 09/06/2025 por el Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Bolívar.
SEGUNDO: Conforme a lo dispuesto en el artículo 245 del Código de Procedimiento Civil, SE ORDENA REPONER LA PRESENTE CAUSA al estado de que el juzgado que resulte competente proceda a pronunciarse sobre la ADMISION DE LAS PRUEBAS PROMOVIDAS por las partes y sea fijada opo.....