Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Guayana con Competencia en las Circunscripciones Judiciales de los Estados Amazonas, Bolívar y Delta Amacuro, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR el presente recurso contencioso tributario, interpuesto en fecha 19 de septiembre de 2.011, ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD), No Penal del Palacio de Justicia de Ciudad Bolívar, por el Abogado Julio Cesar Díaz Valdez, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 10.387.571, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo Nº 146.634, representante judicial de la sociedad mercantil MOTORES EL ROBLE, C.A., contra las Resoluciones Nº 0043 y Nº 0044, ambas de fecha 28 de febrero de 2.011, emanadas de la Coordinación de Administración Tributaria del Municipio Caroní del Estado Bolívar.