Previo análisis de las actas procesales contentivas del mismo, los fundamentos de las partes y la sentencia recurrida, funda su decisión en estos términos: "Este Juzgado Superior Tercero (3º) del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar con Sede en la ciudad de Puerto Ordaz, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, administrando Justicia y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el Recurso de Apelación ejercido por el ciudadano VICTOR BARRIOS, abogado en ejercicio e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 124.375; en su condición de apoderado judicial de la parte actora en contra de la sentencia definitiva dictada en fecha 21/11/2017 por el Tribunal Primero (1º) de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz;
SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR el Recurso de Apelación ejercido por las ciudadanas EUGLIS PEDROUZO y CLAUDIA MATAMOROS, ve.....