En fecha 16/03/2012, este Tribunal Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar Extensión Territorial Puerto Ordaz, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara la HOMOLOGACIÓN del Desistimiento del recurso de apelación interpuesto en fecha 12 de marzo de 2012, contra la decisión proferida por este Tribunal en fecha 07 de marzo de 2012, que declaró improcedente la solicitud de suspensión de los efectos del acto administrativo impugnado, dándole el carácter de Sentencia Pasada con Autoridad de Cosa Juzgada, de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 263 y 264 del Código de Procedimiento Civil, en razón de que el mismo no es contrario a derecho.