Se dictó sentencia declarándose PRIMERO: PRIMERO: INCOMPETENTE para el conocimiento de la Demanda de Nulidad incoada por el ciudadano EDWIN DANIEL GONZÁLEZ CHIRINOS contra la Providencia Administrativa Nº 00051 dictada el dieciséis (16) de abril de 2009 por la INSPECTORÍA DEL TRABAJO DE CIUDAD BOLÍVAR, ESTADO BOLÍVAR, mediante la cual declaró con lugar la solicitud de calificación de falta incoada por la empresa PLUMROSE LATINOAMERICANA, C.A., y la autorizó para despedir al recurrente. SEGUNDO: DECLINA la competencia en el Juzgado de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Extensión Ciudad Bolívar.