Este Tribunal administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA de OFICIO la Perención anual de la Instancia en el presente juicio incoado por la ciudadana: ROSA YSELA GOMEZ DE RIVERO, en contra del ciudadano LEONARDO IRINEO RIVERO, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 267 Ordinal 1º Código Procedimiento Civil, concordancia con el artículo 269 ejusdem, y en tal virtud declara; extinguido el presente juicio por COLOCACION FAMILIAR. Igualmente se ordena el archivo del expediente y la devolución de los originales. Déjese Constancia en el Libro Diario de Actuaciones.-