Declara: Sin Lugar, el Recurso de Apelación interpuesto por la ciudadana Abog. FATIMA ALICIA URDANETA, procediendo en su condición de Fiscal Tercera del Ministerio Publico del Segundo Circuito Judicial Penal del Estado Bolívar, actuando en la sede de Puerto Ordaz, y que con tal carácter actúa en la presente causa seguida en contra de la ciudadana INGRID MARIA MARTINEZ GONZALEZ por la presunta comisión del delito de INVASION, previsto y sancionado en el articulo 471-A del Código Penal.
Y como consecuencia que da CONFIRMADA la decisión emitida por el Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal del Estado Bolívar, con sede en la Ciudad de Puerto Ordaz, con data 29 de Febrero del año 2008; mediante el cual el A quo dictara con ocasión a la Celebración de la Audiencia de Presentación, dictara a favor de la ciudadano ut supra Medida Cautelar Sustitutiva de la Privativa de la Libertad, conforme el articulo 256 de la Ley Penal Adjetiva