este Juzgado Primero de los Municipios San Felipe, Independencia, Cocorote y Veroes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO de propiedad a favor de la ciudadana, PAULA ROSA RAMOS, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cedula de identidad número V-7.580.070, sobre unas bienhechurías, construidas sobre un área de terreno propiedad Municipal, ubicado en la Parroquia El Guayabo, en la comunidad de la Aldea Casimiro Vásquez, sector Barrio Moreno en al calle barrio Moreno entre calle Paraguay y calle Chile del Municipio Veroes del Estado Yaracuy