En mérito de las consideraciones expuestas, este Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipio Piar y Padre Pedro Chien del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Homologa el Convenimiento, presentado por los Ciudadanos: YEANDRIS CAROLINA PINTO ASCANIO y JOSÉ GREGORIO LAUCHO VARGAS, en la presente causa por Obligación de Manutención a favor de su hija, por ante la Defensoría del Consejo de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Municipio Piar del Estado Bolívar; se procede como en Sentencia Pasada en Autoridad de Cosa Juzgada.-
El Tribunal, ordena el archivo del presente expediente signado bajo el Nº: 4.123-21.-
Publíquese, Regístrese. Déjese copia certificada por Secretaría de la presente decisión a los fines legales previstos en el Artículo 72 ordinales 3° y 9° de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y de confo.....