En mérito de lo precedentemente explanado, este Juzgado Superior Civil, Mercantil, de Tránsito, y de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, DECLARA: INADMISIBLE la ACCION DE AMPARO CONSTITUCIONAL intentada por las ciudadanas NORMA COROMOTO GOMEZ y DAYNOR JANHETH URRECHEAGA GOMEZ, asistida por los abogados JOEL J. FREITES RIVERO y JHONNY PRADO RODRIGUEZ, todos ampliamente identificados, en contra de "Todo el proceso que sustanció el Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Bancario del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, en el juicio principal que por "CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE COMPRA VETA Y EL PAGO DE LA INDEMNIZACION POR DAÑOS Y PERJUICIOS interpusiera el ciudadano JOSE MANUEL SOSA ROMERO contra el ciudadano DAVID JOSE URRECHEAGA GODOY, bajo el expediente Nº 18.049.".....