II
DECISION
Por todas las consideraciones y motivos anteriormente expuestas, este JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS PIAR Y PADRE PEDRO CHIEN DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVAR, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho y de acuerdo con lo establecido en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil DECLARA Sin perjuicio de terceros, UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la De Cujus JUANA FRANCISCA RIVAS FERNANDEZ, quien era venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 3.899.597, domiciliada en la avenida Humbolt, casa numero 75 en Upata, Municipio Piar del Estado Bolívar, fallecida Ab-intestado en Upata, Municipio Piar del Estado Bolívar, en fecha once (11) de Diciembre de 2022, a sus hijos: PABLO LUIS GONZALEZ RIVAS, ELVIS VENTURA RIVAS, GIOVANN.....