"ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY" CONMUTA LA PENA IMPUESTA POR CONFINAMIENTO al penado RUBEN DANIEL OVIEDO, Titular de la Cédula de Identidad N° V-13.504.520 de conformidad con el Artículo 52 del Código Penal Vigente; y en consecuencia procede aumentar una tercera parte de la pena por un tiempo igual al que resta de la pena, así mismo se observa que al penado le falta por cumplir, UN (1) AÑO y once (11) meses se le aumenta una tercera parte por indicación de Artículo 53 del Código Penal el cual arroja un aumento de siete meses y veinte días al resto de la pena a cumplir, impone las siguientes obligaciones al penado RUBEN DANIEL OVIEDO, Titular de la Cédula de Identidad NV13.504.520 PRIMERO: Residir en la siguiente dirección vía el cercado frente la urbanización la arboleda numero 54 PARROQUIA SANTA ROSA MUNICIPIO IRIBARREN DEL ESTADO LARA. y no tener contacto con la victima ni con sus familiares: SEGUNDO: Prese.....