Este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario y de Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Bolívar, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: INADMISIBLE, el Recurso de Hecho interpuesto en fecha 25 de julio de 2016, por la ciudadana Yumerced Brigida Salvatori Casanova, titular de la cédula de identidad Nº 16.288.976, debidamente asistida por el Abg. Jorge Luis Pérez Cañizales, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 143.013, contra el auto de fecha 18-07-2016, proferido por el Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Heres de este mismo Circuito y Circunscripción Judicial.