Se CONDENA al ciudadano ALEXANDER JOSE SENCLER CONTRERAS, titular de la Cédula de Identidad Nº V-22.818.618; a cumplir la pena de NUEVE AÑOS Y CUATRO MESES DE PRISIÓN, en virtud de haberse demostrado con su declaración adminiculada con las pruebas aportadas al proceso su autoría en la comisión del delito de TRAFICO DE SUSTANCIA ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICOS EN LA MODALIDAD DE OCULTAMIENTO, previsto y sancionado 149 segundo aparte Ley Orgánica contra las Drogas, PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 112 de la Ley para el Desarme y Control de Armas y Municiones, en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO, el delito de AMENAZA AGRAVADA previsto y sancionado en el artículo 41 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, cometidos en perjuicio de la ciudadana (SE OMITEN DATOS POR RAZONES DE LEY), y asimismo queda obligado el ciudadano a cumplir las penas accesorias de ley de acuerdo al artículo 66 del Código Penal Venezolano Vige.....