Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA COMO UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del ciudadano del cujus ALCINO JOSE GOMES, quien era de nacionalidad Portugusa, mayor de edad casado, titular de la cédula de identidad Nº E-81.192.549 a los ciudadanos a los ciudadanos YOLIMAR GUTIERREZ MONTERO, venezolana mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº 13.502.720, DARLY YASENIA GOMES VIERA, venezolana mayor de edad y titular de la cedula de identidad Nº 16.483.918, SANDRA MARIA GOMES VIERA, venezolana mayor de edad y titular de la cedula de identidad Nº 20.029.000, STONY WELKER GOMES VASQUEZ, venezolano, mayor de edad y titular de la cedula de identidad Nº 20.177.003, KARLSSON WALKISAW GOMES DIAZ, venezolano, mayor de edad y titular de la cedula de identidad Nº 20.888.645, el adolescente (IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTÌ.....