Por las razones antes expuestas, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO, AGRARIO, BANCARIO Y CONSTITUCIONAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVAR, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: CON LUGAR la Demanda de DIVORCIO intentada por el ciudadano ALBERTO JOSE GUEVARA contra la ciudadana CONCEPCION GONZALEZ ASCANIO. En consecuencia, se declara disuelto el vínculo matrimonial que unía a los litigantes de este juicio celebrado en fecha 29/11/1978 ante la Primera autoridad del Municipio Piar del estado Bolívar, Acta de Matrimonio No. 327, libro No.2, del año 1978, folios 456-457