Con fundamento a lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Nirgua de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente demanda y como consecuencia de ello se establece al demandado ciudadano: CESAR RAFAEL RUÍZ GONZÁLEZ, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad Nº V- 17.258.269 y de este domicilio, la obligación de pagar:
PRIMERO, la cantidad de VEINTE DÓLARES ESTADOUNIDENSES ($20USD) SEMANALES, o su equivalentes en bolívares a la tasa fijada por el Banco Central de Venezuela para el día en que se efectúe el pago.
SEGUNDO: Igualmente se le fija el pago de dos cuotas especiales y adicionales a las de manutención semanal, la primera, equivalente a la TREINTA DÓLARES ESTADOUNIDENSES ( $ 30 USD), como su contribución para la compra de ropa, útiles escolares, uniformes y calzado y la segunda entr.....