DISPOSITIVO
Por las motivaciones anteriormente expuestas, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Caroní del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Bolívar, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dicta la siguiente sentencia:
PRIMERO: Se declara con lugar la rectificación del acta de nacimiento que se encuentra inserta con el Nº N°. 976, Libro N° 4, de los libros de Nacimientos llevados por ese despacho en el año 2010; emitida por el Registro Civil del Municipio Caroní  del estado Bolívar, presentado por el ciudadano: JUAN MARCOS LACRUZ CORDERO, venezolano, mayor de edad, indocumentado.-
            SEGUNDO: Se ordena la rectificación del acta de nacimiento expedida por el Registro Civil Municipal del Municipio Caroní del estado Bolívar, correspondiente al ciudadano: JUAN MARCOS LACRUZ CORDERO,  en lo que respecta al e.....