este Tribunal en base a las declaraciones escuchadas, así como el material probatorio aportado en el presente asunto, de conformidad al artículo 936 del Código de Procedimiento Civil declara como Heredero del (la) De Cujus FELIX LOAIZA LUNA, quien era de nacionalidad venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-14.726.501, falleció ab- intestato el día 18 de octubre del año 2023, tal como se evidencia en el acta de defunción Nº 112, del año 2023, emanado del Registro Civil del Municipio El Callao, estado Bolívar, al ciudadano FABIO ALBERTO LOAIZA SEGURA en su condición de hijo, de nacionalidad: venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro.29.630.580, plenamente identificado en autos. Así se decide.