En la oportunidad fijada para la celebración de la audiencia preliminar anteriormente indicada, se dejó constancia de la NO comparecencia de la parte solicitante ciudadana MONICA LILIANA PARRA RAMIREZ, venezolana, mayor de edad y titular de la cedula de Identidad Nº 12.285.061, de la comparecencia del Defensor Publico Auxiliar OMAR ELBANO REVEROL RIVAS, a fin de dar su aceptación para representante judicial a la adolescente IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 65 DE LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DE NIÑO NIÑA Y ADOLESCENTE; el tribunal dictó el dispositivo del fallo declarando desistido el presente procedimiento.
Ahora bien, vista la NO comparecencia de la parte solicitante ciudadana MONICA LILIANA PARRA RAMIREZ, venezolana, mayor de edad y titular de la cedula de Identidad Nº 12.285.061, a la audiencia ORAL DE EVACUACIÔN DE PRUEBAS; este Tribunal Cuarto de Mediación y Sustanciación de este Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, Administrando Justicia, .....