Se dictó y publicó sentencia interlocutotia Nº PJ0172016000126, mediante la cual se declaró: Primero: INADMISIBLE el recurso de apelación ejercido por la parte demandada, ciudadanos CARLYS CECILIA PUMAR NUÑEZ y CARLOS DAVID PUMAR NUÑEZ, en contra del acto de designación de partidor celebrado el 20 de julio de 2016. Segundo: Se ANULA el auto fechado 08-08-2016, donde se admite el recurso de apelación, quedando así firme el acto recurrido. Tercero: Por la naturaleza del fallo no hay condenatoria en costas. Así se decide.