Se dictó sentencia mediante la cual se DECRETA medida cautelar de suspensión provisional de los efectos del acto contenido en el Oficio DPNB Nº 142, emanado de la Delegada de Personal del Decanato del Núcleo Bolívar de la UNIVERSIDAD DE ORIENTE (UDO), mediante el cual se informa a la querellante que se procedió a suspender su sueldo, en virtud de que mediante Oficio CADLMD Nº 210/18, emitido por el Director del I.V.S.S indicaron que no poseía incapacidad, y que el 23-02-2017 fue el último reposo archivado en la Historia Clínica Nº 13-07-15, mientras dure el presente juicio.