DECISIÓN
Con base a las consideraciones siguientes, este Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta la Perención de la Instancia en el procedimiento de AUTORIZACIÓN DE CAMBIO DE DOMICILIO y PARA VIAJAR, interpuesta por la ciudadana La ciudadana VILMA JOSEFINA ABARCA, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº 9.621.362, asistida por la abogada YRELA YSABEL CHAM RODRIGUEZ, inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nº 42.237, en beneficio de la niña (Identidad omitida, de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la LOPNNA), , nacida en fecha 18 de junio de 2013. En consecuencia, se declara extinguida la instancia, terminado el asunto con el archivo del expediente en su oportunidad legal.