este Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Extensión Puerto Ordaz, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, se declara INCOMPETENTE para conocer del recurso de apelación interpuesto por el ciudadano Abogado LUIS HERNANDEZ, en su carácter de apoderado de la parte actora y como consecuencia de lo anterior SE ORDENA su remisión al Tribunal Superior Cuarto de la Circunscripción Judicial sede Ciudad Bolívar.
EXPIDASE COPIA CERTIFICADA, LIBRESE OFICIO y CUMPLASE.
Dada, sellada y firmada en la Sala de Despacho del Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz, a los dieciséis (16) días del mes de Marzo de dos mil once (2011).
EL JUEZ SUPERIOR PRIMERO,
ABG. RENE ARTURO LOPEZ RAMO
La Secretaria,
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