este Juzgado Primero de los Municipios San Felipe, Independencia, Cocorote y Veroes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO de propiedad a favor de la ciudadana, KARLIN JOSEFINA SILVA PETIT, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cedula de identidad número V-15.769.101, sobre unas bienhechurías, construidas sobre un área de terreno Propiedad Municipal, ubicado en la calle 06 o gobernación, entre avenidas 03 o Teodolinda Landinez y 04 o Zamora, barrio centro del Municipio Autónomo Cocorote del Estado Yaracuy