DISPOSITIVA:
Por todas las razones de hecho y de derecho anteriormente señaladas, este Tribunal de Ejecución N° 3 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el Artículo 272 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con el Artículo 479, numeral 1° del Código Orgánico Procesal Penal, en armonía con los Artículos 3°, 5°, 6°, 9°, 13° y 14° de la Ley de Redención Judicial de la Pena por el Trabajo y el Estudio, Declara: 1) DE OFICIO LA ACTUALIZACIÓN DE COMPUTO DE PENA al penado, ciudadano: JOSE GREGORIO MONTILLA, titular de la cédula de identidad No 21.464.540, actualmente cumpliendo beneficio de Destacamento de trabajo en San Juan de Los Morros Estado Guarico, para un total de pena cumplida de Cinco (05) Años, Cuatro (04) Meses, Seis (06) días y Doce (12) horas, tiempo que deberá restarse de la pena impuest.....