DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos precedentemente establecidos, este Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, con sede en la ciudad de Puerto Ordaz, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR, el recurso de apelación ejercido por el abogado en ejercicio DARIO ROJAS, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 30.984, en su carácter de co-apoderado judicial de la parte demandada, en contra de la decisión de fecha 05 de noviembre del año 2.012, dictada por el Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Sede Puerto Ordaz.
SEGUNDO: Dada la declaratoria que antecede se CONFIRMA la sentencia recurrida por las razones que serán expuestas en el desarrollo íntegro de la presente decisión.
TERCERO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza del fallo.
Se ordena la remisión de la presen.....