DECLARA:
PRIMERO: EXTEMPORANEA POR TARDÍA, el escrito de contestación a la demanda, suscrito y presentado por el ciudadano LUIS ALBERTO SOTO RIVERA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 10.369.487, debidamente asistido por el abogado LUIS RAMÓN SEIJAS GODOY, Inpreabogado Nº 192.115, en consecuencia, se tiene como no realizada la misma.
SEGUNDO: NO HAY CONDENATORIA EN COSTAS dada la naturaleza de la misma.