CAPITULO IV
DISPOSITIVO:
Por todas las consideraciones anteriormente expuestas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, conforme a lo dispuesto en los artículos 12, 15, 242, 243, en concordancia con el artículo 253, de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, declara:
PRIMERO:HOMOLOGA EL CONVENIMIENTO planteado por las partes en este proceso ciudadana Andrea Pedrouzo –actora- y ciudadana Blanca Romero –co-demandada-, ambas partes supra identificadas, en los términos supra indicados.
SEGUNDO: CON LUGAR la demanda de tercería interpuesta por la ciudadana Andrea Pedrouzovenezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V- 18.882.119, abogada en ejercicio, inscrita en el IPSA bajo el Nro. 182.745 en contra de la ciudadana Euglis Fuentesvenezolana, ma.....