Es por lo que este Tribunal, de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO suficiente de propiedad a favor de la ciudadana: TERESA DEL JESUS CABELLO DE SMITH, supra identificada, sobre unas bienhechurías construidas sobre parcela de Terreno Propiedad de la Corporación Venezolana de Guayana (C.V.G), ubicado en la siguiente dirección: Barrio Guayana, Calle Nueva York, casa Nro. 30, San Félix, Municipio Caroní del estado Bolívar, que mide treinta metros (30 mts) de ancho por sesenta metros (60 mts) de largo, tiene una superficie aproximada de Mil Ochocientos Metros Cuadrados (1.800 m2); cuyos linderos y medidas son los siguientes: NORTE: Casa que es o fue de GUILLERMO FIGUEROA, que mide sesenta metros (60 mts) de largo; SUR: casa que es o fue de ELONCIO DUARTE, que mide sesenta metros (60 mts) de largo; ESTE: Con casa que es o fue de IRMA RODRIGUEZ, que mide treinta metros (30 mts) de ancho; y O.....